Image Image Image Image Image Image Image Image Image Image

‎19 Adar II 5784 | ‎29/03/2024

Scroll to top

Top

De un 6 a un 12 de agosto en la historia de los sefardíes…

De un 6 a un 12 de agosto en la historia de los sefardíes…

EFEMÉRIDES SEFARDÍES, DESDE EL CENTRO DE DOCUMENTACIÓN Y ESTUDIOS MOISÉS DE LEÓN – (Más información en Sefardies.es).
El día 6 de agosto de 1305, el rey Fernando IV, en un real privilegio, alude a una carta de composición entre su padre y el obispo de Palencia / España, Juan Alfonso, para repartirse los pechos (impuestos) de los judíos: don Fernando continuó reservando para la corona la mitad de este tributo.

El día 7 de agosto de 1499, Isabel I de Trastámara y Fernando de Aragón, reyes de Castilla (1474 – 1504), conocidos como los reyes católicos (en la imagen), para atajar el escándalo de los fieles católicos, relativo a la simulación de algunos judíos conversos, que decían haberse convertido en Portugal o en otras partes y habían vuelto a sus ciudades de origen, promulgaron una cédula severísima, en la que se daba un plazo de quince días en el que los sospechosos habían de presentarse ante los inquisidores con los testimonios y probanzas de bautismo; además en término de un año, que empezaba a correr en la primera navidad, debían cambiar de residencia habitual, si es que habían vivido en ella siendo judíos; los que habían sido rabinos se vieron obligados a trasladase por fuerza a otros lugares.

El día 8 de agosto de 1442, se promulga en Florencia (Italia) por el papa Eugenio IV (1431 – 1447), una bula extendida contra los judíos y mudéjares de Castilla (España), que incluía la abolición de todas las cartas anteriores favorables a ellos y la puesta en práctica de una serie de medidas restrictivas en la vida cotidiana.

El día 9 de agosto de 1274, en Barcelona / España, el rey de Aragón Jaime I, absuelve a Vives, judío, baile de Alfandech de Marinyen, hijo de Iuceffi Aben Vives, y a su bailía de la usura por la que se quejaron los habitantes de dicha alquería.

El día 10 de agosto de 1281, Pedro III el Grande, rey de la Corona de Aragón [1276 – 1285], des Lleida (Catalunya / España), ordena a sus oficiales y súbditos de Ripoll (Girona – Catalunya), no entorpecer el ejercicio de las funciones de los perceptores del impuesto de la gabela de la sal y aún prestarles la ayuda y consejo necesarios. Los arrendatarios reales de dicho impuesto eran en esa fecha, el judío Mayr Zabarra y el cristiano Bernardó de Caçanova.

Mediante una orden dada el día 11 de agosto de 1273, en Valencia, por el rey Jaime I, a petición de su hijo Sancho, arzobispo de Toledo, exime a Açach el Calvo, judío de Calatayud, durante toda su vida, de todo tributo, pecha, colecta, cena, etc.. Veinte años más tarde, el día 6 de noviembre de 1291, Jaime II reafirma dicho privilegio.

El día 12 de agosto de 1233, el Papa Gregorio IX, publica una bula por la que se prohíbe a los judíos dirigir la hacienda, las fábricas de acuñación de moneda o las salinas, así como la recaudación de impuestos.